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Asesoramiento concursal
Nuestra dilatada experiencia y continua formación en materia de insolvencia nos permite representar y defender los intereses de todos los partícipes en un concurso de acreedores: el concursado, los acreedores y terceros.
Como asesor del deudor:
- Asesoramiento y diseño de estrategias concretas para aquellas mercantiles o personas físicas que se encuentran en dificultades económicas con el objetivo de evitar un estado de insolvencia y garantizar su viabilidad mediante instrumentos como la refinanciación o reestructuración.
- Representación y defensa del deudor.
- Solicitud de concurso (voluntario).
- Impugnación de créditos reconocidos por la Administración concursal.
- Dirección letrada del concursado en la fase común y liquidación.
- Elaboración de propuestas de convenio, planes de viabilidad y negociación con acreedores.
- Defensa ante acciones de reintegración.
- Defensa ante la calificación de concurso culpable.
Como asesor del acreedor:
- Representación y defensa de los acreedores.
- Solicitud de concurso (necesario).
- Asesoramiento y seguimiento de los Informes de la Administración Concursal.
- Interposición de incidentes concursales.
- Negociación del convenio con el deudor.
- Comunicación y Defensa del crédito de los acreedores.
- Ejecución de garantías reales.
- Acciones de responsabilidad frente a los administradores societarios y concursales.
Como colaborador de administradores concursales:
- Elaboración de Informes Provisional y Definitivo.
- Elaboración del Plan de Liquidación en caso de apertura de liquidación.
- Ejercicio de acciones rescisorias.
- Acciones de responsabilidad de los administradores societarios.
- Calificación del concurso.
Como asesor de terceros interesados en activos concursales:
- Asesoramiento para la adquisición de unidades productivas.
- Asesoramiento para compra de activos ya sea en venta directa o subasta.
- Negociación con administradores concursales o acreedores hipotecarios.
- Preparación de ofertas de conformidad al Plan de Liquidación.
- Oposición a reclamaciones efectuadas por la Administración Concursal.
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Segunda Oportunidad
Gracias al mecanismo de Segunda Oportunidad aquellas personas físicas (particulares, consumidores o autónomos) que no pueden hacer frente a las deudas contraídas en su ámbito personal o profesional, pueden exonerándose de las mismas en su totalidad o en gran parte, según el caso, lo que sin duda supone una nueva oportunidad para rehacer sus vidas.
- Solicitud del acuerdo extrajudicial de pagos.
- Asesoramiento durante el concurso consecutivo.
- Solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho.